¿Y LA PERSONERÍA JURÍDICA DEL PACTO HISTÓRICO?
En un paso valiente y transformador hacia la unidad popular, los partidos Colombia Humana, Polo Democrático Alternativo (PDA), Unión Patriótica (UP) y el Partido Comunista Colombiano (PCC), integrantes de la coalición Pacto Histórico, decidieron dejar atrás sus personerías jurídicas individuales para dar vida al nuevo Partido Movimiento Pacto Histórico, una apuesta colectiva por una democracia más incluyente y una Colombia con justicia social.
Conforme a la Constitución y la ley, el Consejo Nacional Electoral (CNE) es la entidad responsable de otorgar la personería jurídica a los partidos políticos en Colombia. En ese marco, el Comité Político Nacional Transitorio del nuevo partido, en representación de los sectores que lo integran, radicó el 13 de junio de 2025 ante la Secretaría General del CNE la solicitud formal de reconocimiento legal.
La ley es clara: el CNE tiene un plazo perentorio de 30 días hábiles desde la radicación para resolver la solicitud. Ese plazo ya expiró. ¿Por qué, entonces, el Consejo Nacional Electoral sigue dilatando esta decisión?
De manera preocupante, se conoce que al interior del CNE se impone una interpretación regresiva del artículo 14 de la Ley 1575 de 2011, que impide la fusión de partidos con investigaciones administrativas en curso. Además, se intenta deslegitimar el proceso escudándose en que los actuales magistrados no son responsables de decisiones anteriores, desconociendo el principio de continuidad institucional.
Es claro que negar la personería jurídica al Pacto Histórico sería una violación flagrante del principio de igualdad, una negación de los derechos políticos de millones de ciudadanos y ciudadanas, y un acto que podría configurar prevaricato por parte de los magistrados.