Hablar de guerra siempre incómoda. No solo porque implica muerte, destrucción y dolor, sino
porque casi siempre llega envuelta en palabras nobles: defensa, seguridad, libertad, justicia.
Desde hace siglos, el derecho internacional ha intentado ponerle límites a ese impulso
devastador, construyendo una pregunta tan antigua como perturbadora: ¿cuándo es legítimo
hacer la guerra?

La idea de la guerra justa no nació para glorificar la violencia, sino para contenerla. En la
tradición cristiana y jurídica occidental, desde San Agustín hasta Santo Tomás de Aquino, la
guerra fue entendida como un mal tolerado sólo en circunstancias extremas. No cualquier
causa servía. Se exigía autoridad legítima, una causa justa y una intención recta: no venganza,
no ambición, no dominación.
Con la llegada de la modernidad y la expansión europea, esta pregunta se volvió aún más
urgente. Francisco de Vitoria, padre del derecho internacional, se enfrentó a un dilema
histórico: ¿era justa la guerra contra los pueblos indígenas de América? Su respuesta fue
incómoda para el poder de su tiempo. Negó que la religión, la superioridad cultural o el simple
descubrimiento fueran causas legítimas de guerra. Los indígenas, dijo, eran pueblos con
dignidad, con derechos, con soberanía. La guerra sólo podía justificarse frente a una injuria
real, grave y actual, y aun así debía ser el último recurso.
Pero no todos pensaban igual. Juan Ginés de Sepúlveda defendió la guerra contra los indios
bajo el argumento de la civilización. Para él, algunos pueblos eran “inferiores” y, por tanto,
susceptibles de ser dominados “por su propio bien”.
Esta idea, tan brutal como persistente, dejó una huella profunda: la guerra comenzó a
justificarse no por lo que el otro hacía, sino por lo que se decía que era.
Con Hugo Grocio, el derecho internacional dio un paso decisivo: la guerra debía ser regulada
por el derecho, no por la fuerza y sólo era legítima como defensa frente a una agresión real y
para restablecer la paz. Grocio fue claro: la amenaza futura, la sospecha o el miedo no
justifican la guerra. Cuando la guerra se adelanta “por si acaso”, deja de ser justa y se convierte
en agresión.
Después de dos guerras mundiales, la comunidad internacional intentó cerrar definitivamente
esa puerta. La Carta de las Naciones Unidas prohibió el uso de la fuerza entre Estados y sólo
admitió dos excepciones estrictas: la legítima defensa frente a un ataque armado real y la
acción colectiva autorizada por el Consejo de Seguridad. La guerra preventiva quedó
expresamente excluida de ese marco. El mensaje era claro: la guerra no puede ser una
decisión unilateral basada en temores, sospechas o cálculos estratégicos, sino una excepción
sometida a control jurídico internacional
Ese marco jurídico, pensado para impedir que la fuerza se imponga sobre el derecho, ha sido
tensionado de manera recurrente en la práctica internacional. La historia reciente muestra que,
con facilidad, la legítima defensa se desliza hacia la lógica de la anticipación o la recurrente
guerra preventiva, haciendo que la idea de seguridad se convierta en un argumento válido para
la intervención en la soberanía de un país.
Hoy, el debate reaparece con fuerza en el escenario internacional frente a Venezuela y el
gobierno de Nicolás Maduro. Se habla de intervención, de amenazas, de estabilidad regional,
de salvación democrática. El lenguaje es distinto, pero la pregunta es la misma que se hacían
Vitoria y Grocio: ¿existe una injuria real que justifique la guerra o estamos ante una
construcción política del enemigo?
Desde la ética ciudadana, el problema es aún más profundo. Porque quienes deciden la guerra
rara vez son quienes la padecen. Se decide desde escritorios, discursos y estrategias; se sufre
en territorios, fronteras y cuerpos concretos. El derecho internacional intenta ser ese freno
racional frente al impulso de resolverlo todo con fuerza, pero cada vez que se estira su
significado, pierde credibilidad.
La historia nos enseña algo incómodo: todas las guerras se justifican a sí mismas. La
verdadera pregunta no es si una guerra parece buena, sino si resiste el escrutinio ético y
jurídico cuando se apagan los discursos y quedan los muertos.
Tal vez por eso la guerra justa sigue siendo una pregunta sin respuesta definitiva. No porque el
derecho sea débil, sino porque la tentación de usar la fuerza siempre va un paso adelante de la
justicia. Y ahí, en esa tensión, es donde la ciudadanía debe volver a preguntar, una y otra vez,
si lo que se presenta como necesario es realmente justo.
Referencias.
Arriaga Benítez, J. (2021). Justificar la guerra: enfoques teóricos de Hugo Grocio vigentes en el
siglo XXI. Revista de Estudios Internacionales.
García Ayala, V. (2019). La teoría de la guerra justa en Francisco de Vitoria. Universidad de
Valladolid.
Grocio, H. (1925). Del derecho de la guerra y de la paz (J. Torrubiano Ripoli, Trad.). Editorial
Reus.
Pastrana Buelvas, E., & Trujillo Méndez, J. (2011). La Operación Fénix de las Fuerzas Armadas
Colombianas a la luz del Derecho Internacional. Revista de Relaciones Internacionales.

Redacción

Camila Lopez