Consejo de Estado suspende el decreto
El alto tribunal admitió una demanda contra el Decreto 0639 de 2025 y dictó una medida cautelar que frena provisionalmente la consulta impulsada por el Gobierno, al considerar que se omitió el requisito constitucional de aprobación del Senado.
El Consejo de Estado propinó un revés jurídico al gobierno de Gustavo Petro al suspender provisionalmente el Decreto 0639 de 2025, con el que el presidente convocaba una consulta popular nacional sobre la reforma laboral, pese a la negativa previa del Senado. La decisión, tomada por la Sección Quinta del alto tribunal, responde a una demanda interpuesta por congresistas como Efraín Cepeda y Nadia Blel.

En su análisis inicial, el Consejo concluyó que el decreto fue expedido sin cumplir un requisito esencial previsto en el artículo 104 de la Constitución: el concepto favorable del Senado para convocar a mecanismos de participación ciudadana. El fallo señala que la omisión de este paso invalida, al menos de forma temporal, los efectos jurídicos del decreto presidencial.

“La Sección Quinta (…) suspendió los efectos jurídicos del Decreto 0639 de 2025, al advertir que fue expedido sin el concepto previo favorable del Senado de la República”, indica el auto. El tribunal consideró que la supuesta “excepción de inconstitucionalidad” invocada por el Ejecutivo no se justifica, ya que no hay una contradicción manifiesta con la Constitución, sino una controversia sobre hechos y procedimientos que exige un análisis más profundo.
El fallo también se refiere a la competencia del Consejo de Estado para evaluar actos administrativos como este decreto, mientras la tesis del gobierno es que el análisis exclusivamente corresponde a la Corte Constitucional.
Mientras se resuelve de fondo la legalidad del decreto, la suspensión del Consejo de Estado deja en el limbo la consulta popular y frustra, por ahora, la intención del gobierno de revalidar su agenda reformista por vía directa con los ciudadanos.