El alto tribunal advirtió que la funcionaria que respondió a Katherine Miranda se extralimitó en sus funciones y no representaba una postura oficial
La Corte Constitucional desmintió haber emitido concepto alguno sobre la consulta popular impulsada por el gobierno del presidente Gustavo Petro, luego de que la representante a la Cámara Katherine Miranda hiciera público un documento de la Relatoría de la Corte en el que se afirmaba que no es posible convocar dicha consulta sin concepto afirmativo del Senado. El alto tribunal aclaró que dicha respuesta no constituye un pronunciamiento oficial y anunció una investigación disciplinaria contra la funcionaria responsable.
“La Corte Constitucional no ejerce funciones consultivas, no resuelve consultas ni emite opiniones de ninguna naturaleza”, señaló la corporación en un comunicado. El documento enfatiza que sus decisiones se expresan exclusivamente a través de Autos y Sentencias emitidos por las salas de revisión o la Sala Plena.
La controversia surgió luego de que Miranda publicara la respuesta de una trabajadora de la Relatoría, asegurando que el gobierno no podría insistir en las mismas preguntas de la consulta ni imponerlas por decreto tras el rechazo del Senado. “La Corte Constitucional me ha confirmado que, tras el hundimiento de la consulta, el Gobierno no puede insistir en las mismas preguntas ni, mucho menos, imponerlas por decreto de forma dictatorial”, afirmó la congresista.
Sin embargo, la Corte aclaró que la Relatoría no está facultada para emitir conceptos jurídicos ni tomar decisiones, y que lo expresado por la funcionaria constituye una extralimitación de funciones. En consecuencia, informó que revisará sus procedimientos internos y pondrá el caso en conocimiento de las autoridades disciplinarias.
El documento al que hace referencia Miranda fue expedido en respuesta a un derecho de petición en el que la representante solicitaba saber si existía alguna sentencia que abordara el vacío jurídico respecto a la convocatoria de una consulta popular tras un concepto negativo del Senado. En la respuesta se afirmaba que “ninguna providencia permite convocar la consulta sin concepto afirmativo del Senado ni autoriza al Ejecutivo a ‘insistir’ tras un concepto negativo”.
Tras el pronunciamiento oficial de la Corte, Miranda matizó su declaración anterior y aseguró que entendía que el alto tribunal no puede pronunciarse formalmente para no incurrir en prejuzgamiento, pero consideró que la respuesta de la funcionaria aporta elementos para entender por qué una consulta convocada por decreto sería “abiertamente inconstitucional”.
Este episodio ocurre en medio del debate político que generó el anuncio del ministro del Interior, Armando Benedetti, quien sugirió que el gobierno podría convocar la consulta por decreto si el Senado no se pronuncia. La aclaración de la Corte Constitucional pone freno, por ahora, a cualquier intento de presentar esa respuesta como un aval institucional.