Por primera vez en la historia de Colombia, un presidente ha decretado simultáneamente los estados de conmoción interior y de emergencia económica, medidas de excepción contempladas en la Constitución de 1991. Esta decisión del mandatario Gustavo Petro responde a la grave crisis de orden público que afecta al Catatumbo, Norte de Santander, donde enfrentamientos armados entre grupos ilegales han dejado un saldo de más de 30 personas asesinadas, según cifras oficiales, y alrededor de 12.000 desplazados.
El estado de conmoción interior, regulado por el artículo 213 de la Constitución, se utiliza ante perturbaciones del orden público que no puedan ser controladas con las facultades ordinarias del Ejecutivo. Durante los 90 días iniciales de vigencia, prorrogables con autorización del Senado, el Presidente puede emitir decretos con fuerza de ley, limitar derechos como la libre circulación y desplegar medidas excepcionales para proteger la estabilidad institucional.
Por otro lado, la declaratoria de emergencia económica, válida por 30 días y prorrogable hasta 90 días en un año, otorga al Ejecutivo facultades para modificar o crear tributos, así como redirigir recursos hacia gastos militares o humanitarios en la región. Esta herramienta se implementó previamente durante la pandemia del COVID-19 para enfrentar la crisis económica.
Estas decisiones están sujetas a revisión por parte de la Corte Constitucional, que evaluará si las condiciones justifican el uso de estas facultades extraordinarias.